Empadronamiento

¿CUÁNDO DEBO EMPADRONARME?

El empadronamiento en el Ayuntamiento es obligatorio siempre y cuando se cambie de residencia, ya sea ocupando la nueva vivienda en régimen de alquiler o propiedad.

¿ES NECESARIO PRESENTAR UN DOCUMENTO DE INDENTIDAD?

Sí. El solicitante deberá personarse en el Ayuntamiento con su DNI o NIE originales. En caso de no poseerlos, también podrá empadronarse presentando el Pasaporte o el DNI de su país.

Tipos de empadronamiento:

  • En caso de vivienda en PROPIEDAD DEL SOLICITANTE:
    • DNI, NIE o Pasaporte.
    • Escrituras de propiedad de la vivienda.
  • En caso de vivienda en PROPIEDAD DE OTRA PERSONA:
    • DNI, NIE o Pasaporte.
    • Copia del contrato de arrendamiento.
    • En caso de no existir contrato, Autorización de Empadronamiento firmada por el propietario.

Autorización de Empadronamiento