¿CUÁNDO DEBO EMPADRONARME?
El empadronamiento en el Ayuntamiento es obligatorio siempre y cuando se cambie de residencia, ya sea ocupando la nueva vivienda en régimen de alquiler o propiedad.
¿ES NECESARIO PRESENTAR UN DOCUMENTO DE INDENTIDAD?
Sí. El solicitante deberá personarse en el Ayuntamiento con su DNI o NIE originales. En caso de no poseerlos, también podrá empadronarse presentando el Pasaporte o el DNI de su país.
Tipos de empadronamiento:
- En caso de vivienda en PROPIEDAD DEL SOLICITANTE:
- DNI, NIE o Pasaporte.
- Escrituras de propiedad de la vivienda.
- En caso de vivienda en PROPIEDAD DE OTRA PERSONA:
- DNI, NIE o Pasaporte.
- Copia del contrato de arrendamiento.
- En caso de no existir contrato, Autorización de Empadronamiento firmada por el propietario.
Autorización de Empadronamiento